Vender y alquilar

Alquilar tu casa: por dónde se empieza

Alquilar no es «cobrar todos los meses»: es firmar un contrato que la ley alarga hasta cinco años y elegir a quién le das las llaves. Estas son las decisiones que hay que tomar antes de publicar el anuncio.

La duración no la eliges tú del todo

Si el arrendador es un particular, el inquilino tiene derecho a prorrogar hasta cinco años; si es persona jurídica, hasta siete. Pactar «un año» no impide que el inquilino se quede: sólo fija cuándo puede irse él.

La elección del inquilino es la decisión más importante de todas.

Al terminar ese plazo, si ninguna parte avisa, hay prórroga tácita hasta tres años más, año a año. Los preavisos son de cuatro meses para el propietario y dos para el inquilino.

La renta

Mírala por metro y compárala con lo que hay anunciado en tu municipio. Ten en cuenta que en esta zona el mercado de alquiler residencial es pequeño: en muchos pueblos hay dos o tres anuncios, no veinte. Los números están en cuánto renta comprar para alquilar.

La actualización anual sólo se aplica si está pactada en el contrato, y con el índice que corresponda según la normativa vigente cuando se firmó.

Antes de dar las llaves

  • Estudia al inquilino: nómina o declaración de ingresos, vida laboral, y que el alquiler no pase de un tercio de lo que entra en casa.
  • Fianza legal de una mensualidad, que hay que depositar en el organismo de la comunidad autónoma: fianza y garantías.
  • Inventario con fotos del estado de la casa, firmado por los dos. Sin él, la discusión al salir no la gana nadie.
  • Certificado energético, obligatorio también para alquilar: qué es y qué cuesta.
  • Seguro de impago, si quieres dormir tranquilo: qué cubre y qué no.

Los suministros

Lo habitual y lo sensato es que el inquilino ponga a su nombre luz, agua y gas. Deja los contratos dados de baja o cambiados de titular antes de la entrada: cómo se hace.

Lee también: Los papeles que hacen falta para vender La lista completa, en orden, y cuáles tardan semanas en llegar si los pides el día antes de la notaría.

Y Hacienda

El alquiler de vivienda tributa como rendimiento del capital inmobiliario, con gastos deducibles —IBI, comunidad, seguro, intereses, amortización, reparaciones— y una reducción sobre el rendimiento neto cuando se destina a vivienda habitual. Guarda todas las facturas del año.

Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

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Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.