Vender y alquilar

Alquilar un local comercial

Un local no se alquila como una vivienda. No hay cinco años de prórroga, la fianza son dos meses, y lo que firmes en el contrato manda casi por completo: aquí la ley protege mucho menos al inquilino.

Lo que cambia respecto a una vivienda

En uso distinto de vivienda manda el contrato, no la ley.
  • Duración: la que pactéis. No existe la prórroga obligatoria de cinco años. Si firmas un año, es un año.
  • Fianza: dos mensualidades por ley, y se deposita igual que la de vivienda. Las garantías adicionales aquí no tienen tope legal.
  • La renta se actualiza como diga el contrato, sin el límite del índice de vivienda.
  • Las obras de adaptación —lo que hace falta para tu actividad— corren de tu cuenta salvo pacto, y lo que quede fijado al local se queda allí cuando te vayas.
  • IVA del 21 % sobre la renta, y retención de IRPF si eres profesional o empresa. La renta que te dicen casi nunca es lo que pagas.

El traspaso y el subarriendo

Puedes ceder el contrato o subarrendar sin que el propietario pueda impedirlo, pero con dos consecuencias: hay que notificárselo de forma fehaciente en un mes, y él tiene derecho a subir la renta un 10 % si es subarriendo parcial y un 20 % si es cesión del contrato o subarriendo total.

Eso es justo lo que hay detrás de un traspaso, y conviene entenderlo antes de pagarlo: el traspaso de un negocio.

La indemnización por clientela

Si llevas cinco años con un negocio de venta al público y el contrato se acaba por vencimiento, puedes tener derecho a una indemnización del propietario, siempre que hayas avisado con cuatro meses de que querías renovar por cinco años más a precio de mercado.

Casi todos los contratos incluyen una cláusula de renuncia a ese derecho. Es válida, y es de las tres cosas que hay que leer antes de firmar.

Lee también: La licencia de apertura y la de actividad Sin ella no se abre, y conseguirla puede llevar meses. Qué necesitas según lo que vayas a montar.

Antes de firmar nada

  1. Comprueba que en ese local se puede hacer tu actividad: no todas las licencias valen para todo.
  2. Pide la última licencia de apertura y mira si sigue vigente.
  3. Mira la potencia eléctrica contratada y la salida de humos si vas a montar hostelería: ampliarlas cuesta más que la reforma.
  4. Pacta por escrito quién paga el IBI y la comunidad: en local es habitual que los pague el inquilino, pero tiene que estar escrito.

Locales publicados ahora mismo

venta de local en Illescas, CARRETERA YELES
Venta
480.000 €
Illescas
270 m2 72
venta de local en Illescas, CENTRO
Venta
306.000 €
Illescas
407 m2 59
venta de local en Yeles, yeles
Venta
599.000 €
Yeles
300 m2 53

Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.

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Fuente: Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, artículos 29 a 36.

Texto revisado el 20/08/2026. Las cifras de anuncios, precios y gangas se calculan con el catálogo de hoy.