Proteger la casa
Si han entrado en tu casa
Lo que hagas en la primera hora decide si el seguro paga y si la denuncia sirve de algo. Y lo primero es lo más difícil: no entrar.
La primera hora
- No entres. Pueden seguir dentro. Sal, ponte a salvo y llama al 112.
- No toques nada cuando te dejen pasar: puede haber huellas y marcas de herramienta que sirven para identificar a quien entró.
- Fotografía todo antes de mover un solo mueble: la puerta forzada, la ventana, el desorden.
- Denuncia en el acto, con la policía allí o en comisaría.
El primer día
- Avisa al seguro por teléfono. Los plazos de comunicación son cortos —muchas pólizas hablan de siete días— y algunas coberturas se pierden si te retrasas.
- Haz un inventario de lo que falta, con marcas, modelos, números de serie y facturas si las tienes. Lo que no puedas acreditar es lo que más te van a discutir.
- Cancela tarjetas, y si se han llevado documentación, denuncia también la pérdida del DNI.
- Cambia la cerradura ese mismo día si se llevaron llaves: qué poner.
La primera semana
- Amplía la denuncia si vas descubriendo cosas que faltan.
- Envía al seguro el atestado o la copia de la denuncia, el inventario y las fotos.
- Guarda las facturas de las reparaciones de urgencia: puerta, cristal, cerradura. Suelen estar cubiertas.
- Si eres inquilino, avisa al propietario por escrito: el continente es suyo y el contenido tuyo. Quién cubre qué.
Lo que suele fallar en la indemnización
- Sin fuerza no hay robo. Si entraron por una ventana que estaba abierta, muchas pólizas lo tratan como hurto y no lo cubren igual.
- Objetos de valor no declarados: joyas y relojes tienen sublímite.
- Infraseguro: si el contenido estaba asegurado por la mitad de lo que vale, cobras la mitad.
- Dinero en efectivo: casi siempre con un límite muy bajo.
Después
Los que han entrado una vez saben cómo se entra. Revisa la puerta, las ventanas y lo que se ve desde fuera, y da el paso que tenías pendiente: una alarma o, como mínimo, que la casa no parezca vacía.
Esto es información general, no asesoramiento fiscal ni jurídico. Los tipos y las bonificaciones cambian, y hay requisitos que dependen de tu caso. Antes de firmar nada, confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria de Castilla-La Mancha.
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